Siguiendo la linea del proceso de los residuos. Todo aquel que genere mas de 10 toneladas anuales es considerado como un generador de residuos, y este es responsable de sus residuos desde el momento en el que se generan hasta su destino final.
Para ello, se debe considerar la contratación de un recolector; los recolectores son empresas que tienen la capacitación y el conocimiento para tratar con los residuos, ellos cuentan con transportes especiales y estos a su vez cumplen con una serie de normas para transportarlos.
También y según el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos establece que todo recolector debe pasar por un centro de acopio
¿Qué es un Centro de Acopio de Residuos Peligrosos?
Un Centro de Acopio de Residuos Peligrosos es una instalación autorizada por la Secretaría para la prestación de servicios a terceros en donde se reciben, reúnen, trasladan y acumulan temporalmente residuos peligrosos para después ser enviados a instalaciones autorizadas para su tratamiento, reciclaje, reutilización, co-procesamiento o disposición final.
Artículo 85.- Quienes presten servicios de recolección y transporte de residuos peligrosos deberán cumplir con lo siguiente:
I. Verificar que los residuos peligrosos de que se trate, estén debidamente etiquetados e identificados y, en su caso, envasados y embalados;
II. Contar con un plan de contingencias y el equipo necesario para atender cualquier emergencia ocasionada por fugas, derrames o accidentes;
III. Contar con personal capacitado para la recolección y transporte de residuos peligrosos;
IV. Solicitar al generador el original del manifiesto correspondiente al volumen de residuos peligrosos que vayan a transportarse, firmarlo y guardar las dos copias que del mismo le corresponden;
V. Observar las características de compatibilidad para el transporte de los residuos peligrosos, y
VI. Los residuos que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad no podrán ser transportados junto con ningún otro tipo de residuos peligrosos.
Los microgeneradores que decidan transportar en sus propios vehículos los residuos peligrosos que generen a un centro de acopio autorizado, deberán identificar claramente los residuos peligrosos, envasándolos o empaquetándolos en recipientes seguros que eviten cualquier tipo de derrame. El embarque de residuos peligrosos no deberá rebasar, por viaje y por generador, los 200 kilogramos de peso neto o su equivalente en otra unidad de medida.
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